¿QUÉ ES EL HABEAS CORPUS? SU IMPORTANCIA COMO
GARANTÍA CONSTITUCIONAL.
El término habeas corpus hace referencia al derecho de toda persona a ser llevada ante un tribunal si ha sido privada de su libertad. Supone uno de los recursos más importantes para asegurar que los derechos fundamentales y garantías procesales sean respetados, especialmente en situaciones tan delicadas como la privación de libertad.
Su finalidad es la revisión por la autoridad judicial de la privación de libertad, pudiendo así evitarse que las autoridades realicen detenciones ilegales, prolongadas sin justificación o realizadas vulnerando fundamentales. Precisamente por ese motivo la Constitución Española, en su artículo 17.4, establece que toda persona detenida tiene derecho a que se verifique la legalidad de su detención y, en su caso, a ser puesta en libertad.
¿CUÁNDO SE PUEDE SOLICITAR EL HABEAS CORPUS?
Procede en aquellos casos en los que la detención no se ajusta a la Ley por tratarse de una detención ilegal o sin justificación y cuando la misma tiene lugar sin respetar los derechos del detenido.
Se trata de una herramienta fundamental para revertir la situación de privación de libertad desde y en el mismo momento de su producción, constituyendo un mecanismo esencial para proteger la libertad individual y garantizar que ninguna persona sea privada de su libertad de manera arbitraria.
CONCEPTO BÁSICO DE DETENCIÓN ILEGAL O INJUSTIFICADA.
Una detención se considera ilegal conforme a nuestra legislación cuando se realiza sin cumplir requisitos legales de obligado cumplimiento.
Por ejemplo, si no existe una orden judicial que la respalde, salvo en casos de flagrante delito, o si no se informa al detenido de los motivos de su arresto. Incluso puede darse el caso de que la detención esté injustificada porque el acto presuntamente ilegal solo sea constitutivo de una infracción administrativa, tal y como pueden ser la tenencia de estupefacientes en la vía pública o determinados supuestos de contrabando.
DETENCIÓN SIN LAS DEBIDAS GARANTÍAS. EXCESO DEL PLAZO MÁXIMO DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD Y
CONDICIONES INADECUADAS DURANTE LA DETENCIÓN.
Existen, adicionalmente, otros dos supuestos paradigmáticos que habilitan la solicitud y estimación del habeas corpus:
1º La ley establece que una persona detenida debe ser puesta a disposición judicial en un plazo máximo de 72 horas. La superación de dicho límite sin justificación permite recurrir al habeas corpus.
2º Si el detenido se encuentra en condiciones que atentan contra su integridad física o psicológica, lo que deriva en un menoscabo evidente de su dignidad, también puede solicitarse el habeas corpus puesto que la situación vulnera sus derechos fundamentales.
¿Quién puede solicitar el habeas corpus?
El habeas corpus, siempre con el objetivo de proteger los derechos del detenido y hacer valer la concurrencia de las situaciones injustas antes señaladas, puede ser solicitado por las siguientes personas o entidades:
- El propio detenido, si considera que su detención es ilegal o injustificada.
- Su abogado defensor, encargado de velar por sus derechos legales.
- Cualquier familiar cercano, que tenga interés legítimo en proteger al
- detenido.
- El Ministerio Fiscal, como garante del cumplimiento de la legalidad.
- El juez competente de oficio, si detecta irregularidades en la detención.
Si bien la Constitución y las Leyes permiten que el habeas corpus sea solicitado por el detenido, sin ser obligatoria la actuación de abogado, debido a la complejidad de la materia y la afectación de derechos fundamentales resulta decisiva que la misma sea articulada por un letrado experto en Derecho Penal.
FASES Y DESARROLLO DEL PROCEDIMIENTO DE HABEAS CORPUS
Desde la solicitud a la resolución tienen lugar las siguientes actuaciones:
Presentación de la solicitud
- La solicitud de habeas corpus se presenta ante el juez de guardia, y debe incluir:
- Los datos del detenido.
- La autoridad que llevó a cabo la detención.
- Los motivos por los que se considera que la detención es ilegal.
Evaluación por parte del juez
Una vez recibida la solicitud, el juez de guardia del lugar donde sucede la privación de libertad tiene la obligación de examinarla de manera inmediata. Si considera que la detención podría ser ilegal, convocará una vista urgente con las partes implicadas.
El Juez inadmitirá la solicitud y no tendrá lugar comparecencia ante el mismo cuando observe que los argumentos de la solicitud no son suficientes para considerar la detención injustificada o producida con vulneración de derechos.
Celebración de la vista
En la vista, el juez escuchará los argumentos tanto de la parte que solicita el habeas corpus como de la autoridad que llevó a cabo la detención. A la vista de las pruebas y los testimonios, el juez determina si la detención es legal o no.
Aquí es donde juega un papel absolutamente determinante la argumentación y defensa técnica desplegada por un abogado penalista, siendo las probabilidades de estimación mayores cuando en la vista el detenido comparece acompañado por un profesional especializado.
Resolución del juez
El juez dictará una resolución en un plazo máximo de 24 horas. Si concluye que la detención es ilegal, ordenará la liberación inmediata del detenido. En caso contrario, la detención se mantendrá, siempre que cumpla con los requisitos legales.