

























Mejores abogados de alzamiento de bienes en Alicante
Expertos en delitos de vaciado patrimonial en Alicante
Las acusaciones por frustración de la ejecución requieren una asistencia jurídica de máxima precisión que consiga desmontar la supuesta sustracción de activos para eludir pagos.
Nuestro despacho lidera la defensa incondicional en este tipo de causas penales dentro de Alicante garantizando cobertura en cualquier punto de la geografía española.
Con medio siglo de experiencia en el ámbito punitivo, el bufete ofrece plenas garantías de éxito.
Instituciones extranjeras avalan año tras año, de 2019 a 2026, a Raúl Pardo-Geijo Ruiz como Best Lawyers y Client Choice como referente nacional en derecho penal.
El éxito de nuestra firma radica en la interpretación milimétrica de las sentencias del Tribunal Supremo relativas al derecho penal económico y los ilícitos societarios.
Consecuencias penales por la ocultación fraudulenta de patrimonio
El ordenamiento penal español penaliza la infracción básica de insolvencia punible una pena de uno a cuatro años de prisión acompañada de una multa de doce a veinticuatro meses.
El comportamiento penado se basa en bloquear las acciones de cobro a través de la insolvencia provocada del obligado al pago.
La penalidad se agrava significativamente, ascendiendo de 1 a 6 años de prisión , en el supuesto de que el crédito esquivado pertenezca al ámbito del Derecho Público.
Esta condena mayor se reserva para aquellas ocultaciones patrimoniales que atentan contra la Hacienda Pública y la Tesorería General.
El derecho castiga la ocultación de bienes sin necesidad de que el procedimiento ejecutivo haya comenzado oficialmente , siendo plenamente válido que el embargo fuera una consecuencia lógica y futura de las deudas impagadas.
El articulado penal pena a los consejeros que maquillen las cuentas de resultados, estados contables u otros registros que deban reflejar la situación jurídica o económica de la empresa.
- Finalidad: Generar un detrimento económico a la propia empresa, a sus socios o a un tercero implicado.
- Sanción: Cárcel de doce a treinta y seis meses si el menoscabo económico se produce efectivamente.
Criterios del Tribunal Supremo para confirmar la responsabilidad penal
La doctrina jurisprudencial demanda acreditar indubitadamente y al mismo tiempo los factores fácticos y subjetivos, impidiendo que una simple insolvencia se convierta en delito de forma automática.
Deuda cierta y anterior: La acusación debe fundamentarse en un pasivo real, ya vencido y plenamente exigible, sin importar si el titular es el Estado o un particular.
Acto dispositivo: Traslado del patrimonio hacia terceras personas, uso de testaferros o simulaciones contractuales destinadas a invisibilizar los bienes.
Insolvencia provocada: Creación de un escenario de descapitalización, sea auténtico o simulado, que bloquee de forma severa el resarcimiento del acreedor.
Voluntad defraudadora: La intención demostrable de frustrar las expectativas de cobro del prestamista mediante el incumplimiento deliberado de la obligación.
Conexión con otros ilícitos penales de naturaleza económica
Los procedimientos penales por alzamiento de bienes casi nunca se juzgan en solitario.
Normalmente implican una complejidad jurídica superior al contextualizarse en esquemas de criminalidad de empresa donde aparecen distintos ilícitos mercantiles.
Normalmente, los órganos jurisdiccionales abran pesquisas al mismo tiempo sobre presuntos ilícitos corporativos, como por ejemplo el maquillaje contable o la adopción de resoluciones perjudiciales por parte del núcleo de control.
Asimismo, resulta habitual la vinculación a cargos de gestión desleal y apropiación fraudulenta a causa de la desviación de tesorería.
En casos de mayor envergadura, la riqueza supuestamente escondida es susceptible de motivar nuevas imputaciones por fraude o legalización de capitales de origen delictivo, haciendo imprescindible un abordaje jurídico de alta precisión con el fin de esquivar penas de prisión en concurso de delitos.
Actuación procesal en Alicante y a nivel estatal
El bufete ejerce la defensa en juicios en cualquier punto de la geografía española, asegurando que nuestro abogado experto pilote la defensa de cada litigio.
Nuestra asistencia letrada garantiza una supervisión integral del expediente desde la fase de instrucción hasta agotar la vía de los recursos en la Sala Segunda del Supremo, si el caso lo precisara.
Pardo Geijo Abogados interviene en Alicante en procedimientos penales de notable complejidad ligados al alzamiento de bienes y al blanqueo de capitales, especialmente cuando se proyectan sobre estructuras societarias, patrimonios relevantes o entramados económicos sofisticados. El despacho asume la dirección técnica de causas de alto impacto jurídico ante los juzgados y tribunales competentes en Alicante y su provincia, abordando cada asunto con un enfoque exhaustivo de la prueba y de la estrategia procesal. Su práctica penal se caracteriza por el estudio minucioso de las operaciones investigadas, la coordinación con peritos financieros y la anticipación de los criterios jurisprudenciales aplicables, con el objetivo de ofrecer una defensa penal robusta en escenarios complejos y de especial sensibilidad jurídica.