Pardo Geijo Abogados
DESPACHO ESPECIALISTA EN ALZAMIENTO DE BIENES EN Huelva
Excelencia en Derecho Penal: más de 50 premios internacionales para Raúl Pardo Geijo en 2024-2026

Mejores abogados de alzamiento de bienes en Huelva

Abogados especialistas en alzamiento de bienes en Huelva

Una imputación por insolvencia punible obliga a desplegar una estrategia procesal impecable para desvirtuar cualquier acusación de ocultación patrimonial frente a acreedores.

El equipo de juristas dirige este perfil de litigios de altísima complejidad en la zona de Huelva y a nivel estatal.

Nuestro gabinete atesora cinco décadas de ejercicio exclusivo en el derecho penal.

La trayectoria de Raúl Pardo-Geijo Ruiz ha sido premiada de forma continua durante el periodo 2019-2026 por prestigiosas guías en rankings como Client Choice o Best Lawyers como líder indiscutible de la defensa penal.

Nuestra solvencia se fundamenta en un conocimiento quirúrgico de la jurisprudencia de la Sala Segunda del Tribunal Supremo relativas al derecho penal económico y los ilícitos societarios.

Consecuencias penales por la ocultación fraudulenta de patrimonio

El Código Penal en su artículo 257 contempla para el alzamiento de bienes una pena de uno a cuatro años de prisión acompañada de una multa de doce a veinticuatro meses.

El comportamiento penado se basa en bloquear las acciones de cobro a través de la insolvencia provocada del obligado al pago.

El castigo se eleva sustancialmente hasta una horquilla de 1 a 6 años de privación de libertad , si los fondos sustraídos al cobro corresponden a entes públicos.

Los jueces aplican esta agravante siempre que el impago intencionado perjudique al fisco o a las arcas de la Seguridad Social.

El sistema legal español castiga estas maniobras sin importar si la vía de apremio ya estaba formalmente abierta , bastando con que este fuera de previsible iniciación.

El artículo 290 persigue a los administradores que alteren las cuentas anuales, balances u otros registros que estén obligados a plasmar la verdadera situación patrimonial de la sociedad.

  • Propósito: Ocasionar un perjuicio económico a la sociedad, a sus partícipes o a un tercero implicado.
  • Castigo: Cárcel de uno a tres años si el daño se consuma.

Criterios del Tribunal Supremo para confirmar la responsabilidad penal

El Alto Tribunal es tajante: solo habrá condena penal si se acreditan al unísono todos los componentes objetivos y anímicos, evitando así criminalizar simples impagos mercantiles.

Deuda cierta y anterior: La acusación debe fundamentarse en un pasivo real, ya vencido y plenamente exigible, sin importar si el titular es el Estado o un particular.

Negocio jurídico fraudulento: Traspaso de la titularidad de los activos, simulación de compraventas o entregas a testaferros para camuflar el patrimonio.

Insolvencia punible: Originar un contexto patrimonial deficitario, real o ficticio, mediante el cual resulte inviable o extremadamente difícil saldar la obligación.

Voluntad defraudadora: La intención demostrable de frustrar las expectativas de cobro del prestamista mediante el incumplimiento deliberado de la obligación.

Relación con infracciones penales económicas conexas

Las diligencias previas por insolvencia punible excepcionalmente aparecen de manera independiente.

Habitualmente adquieren una complejidad jurídica superior al contextualizarse en tramas de criminalidad económica en las que confluyen otros tipos penales.

Normalmente, los órganos jurisdiccionales examinen de manera conjunta eventuales infracciones societarias, como por ejemplo el maquillaje contable o la imposición de acuerdos abusivos por parte de la mayoría.

Además, es muy común el nexo con delitos de administración desleal y desvío patrimonial ilícito a causa de la desviación de tesorería.

En macrocausas económicas, el patrimonio supuestamente alzado suele originar nuevas imputaciones por fraude o legalización de capitales de origen delictivo, exigiendo una defensa transversal y milimétrica para evitar condenas en concurso de delitos.

 

Defensa letrada en Huelva y resto del país

El equipo de abogados interviene en procedimientos penales en el conjunto del país, asegurando que el letrado titular pilote la defensa de cada expediente.

Nuestra actuación penal facilita el manejo minucioso de la causa desde la incoación del procedimiento hasta llegar a las apelaciones y recursos extraordinarios ante el Supremo, si fuera necesario.

Abogados penalistas en Huelva

Pardo Geijo Abogados interviene en Huelva en procedimientos penales de especial complejidad, con una dedicación destacada a los delitos de alzamiento de bienes y a operaciones vinculadas al blanqueo de capitales. El despacho asume causas de alto impacto jurídico, en las que resulta determinante un análisis técnico riguroso de la estructura patrimonial, de los flujos económicos investigados y de la trazabilidad de las operaciones cuestionadas. Su actuación se desarrolla ante los juzgados y tribunales competentes en Huelva y su provincia, articulando una defensa basada en el estudio minucioso de la prueba, la correcta interpretación de la normativa penal y la anticipación de los escenarios procesales, con el objetivo de ofrecer una respuesta sólida en contextos penales especialmente delicados.

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