Pardo Geijo Abogados
DESPACHO ESPECIALISTA EN ALZAMIENTO DE BIENES EN Ourense
Excelencia en Derecho Penal: más de 50 premios internacionales para Raúl Pardo Geijo en 2024-2026

Mejores abogados de alzamiento de bienes en Ourense

Bufete especialista en insolvencia punible en Ourense

El delito de alzamiento de bienes exige una defensa técnica rigurosa que descarte tajantemente el fraude y la despatrimonialización intencionada.

La firma toma el control absoluto de estos expedientes económicos en los juzgados de Ourense y a nivel estatal.

La firma cuenta con más de 50 años de trayectoria en la jurisdicción penal.

Raúl Pardo-Geijo Ruiz ha sido distinguido ininterrumpidamente de 2019 a 2026 por directorios internacionales como referente absoluto en derecho penal a través de entidades como Best Lawyers.

Nuestra alta capacidad técnica deriva de conocer al milímetro los pronunciamientos del Supremo en materia de delitos socioeconómicos y corporativos.

Naturaleza y penas del delito de insolvencia punible

El artículo 257 del Código Penal castiga el tipo básico de alzamiento de bienes penas de privación de libertad de doce a cuarenta y ocho meses y sanciones económicas de uno a dos años.

La acción delictiva radica en impedir el éxito de un procedimiento de ejecución vaciando el patrimonio del investigado.

El castigo se eleva sustancialmente hasta una horquilla de 1 a 6 años de privación de libertad , siempre que la carga financiera defraudada sea de titularidad estatal.

Este subtipo agravado se aplica cuando el fraude afecta a obligaciones contraídas con la Hacienda Pública o la Seguridad Social.

La ley penal reprocha este comportamiento incluso antes de que el juzgado o la administración dicten la orden de embargo , con el mero hecho de que la apertura del expediente de apremio resultara previsible.

El precepto 290 pena a los administradores que maquillen las cuentas anuales, estados contables u otros soportes que deban reflejar la realidad financiera y legal de la entidad.

  • Intención: Generar un menoscabo financiero a la entidad, a sus partícipes o a un acreedor comercial.
  • Condena: Privación de libertad de doce a treinta y seis meses si el perjuicio se produce efectivamente.

Requisitos jurisprudenciales del Supremo para fundamentar una condena

La doctrina jurisprudencial demanda acreditar indubitadamente y al mismo tiempo los factores fácticos y subjetivos, impidiendo que una simple insolvencia se convierta en delito de forma automática.

Existencia de obligación previa: Debe probarse que existía un derecho de cobro previo, vencido y determinado a favor de la administración o de una empresa privada.

Maniobra de ocultación: Desaparición material o legal de los bienes a través de falsas donaciones o ventas ficticias a hombres de paja.

Situación de iliquidez: Generar intencionadamente un estado de carencia patrimonial que impida por completo o complique en extremo la recuperación del crédito.

Voluntad defraudadora: La intención demostrable de frustrar las expectativas de cobro del prestamista mediante el incumplimiento deliberado de la obligación.

Conexión con otros ilícitos penales de naturaleza económica

Los procedimientos penales por vaciamiento patrimonial en muy pocas ocasiones se instruyen de forma aislada.

Habitualmente adquieren una alta complejidad al contextualizarse en operaciones de fraude corporativo donde concurren otros tipos penales.

Resulta frecuente que los magistrados instructores examinen de manera conjunta eventuales infracciones societarias, como por ejemplo el maquillaje contable o la votación de acuerdos abusivos por la facción mayoritaria.

Igualmente es usual la concurrencia de delitos de administración desleal y apropiación fraudulenta por la distracción de fondos.

En procedimientos de gran volumen, la riqueza supuestamente escondida suele originar diligencias por engaño masivo o legalización de capitales de origen delictivo, precisando de una asistencia letrada integral para evitar condenas derivadas del concurso delictivo.

 

Asistencia penal en Ourense y resto del país

El equipo de abogados ejerce la defensa en juicios en cualquier punto de la geografía española, asegurando que el abogado principal tome las riendas de cada causa.

El trabajo del despacho proporciona el control absoluto del procedimiento desde el inicio de las diligencias previas hasta la interposición de recursos de casación ante el Supremo, en caso de resultar imprescindible.

Abogados penalistas en Ourense

Pardo Geijo Abogados actúa en Ourense y su provincia en procedimientos penales de especial complejidad, con una consolidada experiencia en delitos de alzamiento de bienes y blanqueo de capitales. El despacho interviene ante los juzgados y tribunales competentes en causas de alto impacto jurídico, en las que se discuten estructuras patrimoniales sofisticadas, operaciones financieras opacas y estrategias de ocultación de activos. Su práctica se centra en la elaboración de defensas técnicas apoyadas en un análisis exhaustivo de la prueba económica y documental, así como en la coordinación con peritos especializados cuando la causa lo requiere. La intervención del equipo se orienta a anticipar riesgos penales, diseñar líneas de actuación coherentes y adaptar la estrategia a la evolución procesal de cada asunto.

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