



















































Mejores abogados de alzamiento de bienes en Segovia
Abogados especialistas en alzamiento de bienes en Segovia
La defensa frente al delito de ocultación de bienes demanda un rigor técnico absoluto que consiga desmontar la supuesta sustracción de activos para eludir pagos.
Pardo Geijo Abogados asume la dirección letrada de estos procedimientos complejos en Segovia así como en el conjunto del país.
El despacho acumula una historia de más de cincuenta años de éxitos en la jurisdicción criminal.
Raúl Pardo-Geijo Ruiz ha sido distinguido ininterrumpidamente de 2019 a 2026 por directorios internacionales de la talla de Best Lawyers y Client Choice como la máxima autoridad nacional en derecho punitivo.
Nuestra solvencia se fundamenta en un conocimiento quirúrgico de la jurisprudencia de la Sala Segunda del Tribunal Supremo sobre criminalidad financiera y delitos patrimoniales complejos.
Penalidad y esencia de la frustración de la ejecución
El artículo 257 del Código Penal castiga el tipo básico de alzamiento de bienes condenas privativas de libertad de 1 a 4 años junto a cuotas pecuniarias de 12 a 24 meses.
La acción delictiva radica en impedir el éxito de un procedimiento de ejecución vaciando el patrimonio del investigado.
La penalidad se agrava significativamente, ascendiendo de 1 a 6 años de prisión , cuando la obligación económica impagada ostenta naturaleza pública.
Este subtipo agravado se aplica cuando el fraude afecta a obligaciones contraídas con la Hacienda Pública o la Seguridad Social.
El ordenamiento jurídico sanciona esta conducta independientemente de si el procedimiento de apremio judicial o administrativo ya se ha iniciado , siendo plenamente válido que el embargo fuera una consecuencia lógica y futura de las deudas impagadas.
El artículo 290 persigue a los administradores que falseen las cuentas anuales, estados contables u otros registros que tengan que mostrar la verdadera situación patrimonial de la compañía.
- Propósito: Provocar un detrimento económico a la sociedad, a sus accionistas o a un tercero implicado.
- Pena: Prisión de doce a treinta y seis meses si el menoscabo económico se hace real.
Condiciones impuestas por la Sala Segunda para considerar probado el ilícito
Los jueces requieren la constatación fehaciente y concurrente de parámetros tanto objetivos como de intencionalidad para que el vaciamiento patrimonial sea castigado por la vía punitiva.
Deuda anterior: Constatación de una obligación económica auténtica, cuantificada y fuera de plazo reclamable por un tercero, público o particular.
Maniobra de ocultación: Desaparición material o legal de los bienes a través de falsas donaciones o ventas ficticias a hombres de paja.
Situación de iliquidez: Generar intencionadamente un estado de carencia patrimonial que impida por completo o complique en extremo la recuperación del crédito.
Consilium fraudis: El objetivo ineludible de sustraerse al pago debido, obrando con la intención de perjudicar económicamente a la parte acreedora.
Vinculación con distintos delitos de carácter patrimonial
Las investigaciones judiciales por vaciamiento patrimonial difícilmente se tramitan como un delito único.
Normalmente implican una alta complejidad al situarse en medio de redes de delincuencia financiera en las que se suman distintos ilícitos mercantiles.
Con asiduidad, los magistrados instructores indaguen de forma simultánea supuestos delitos de empresa, como la formulación de cuentas falsas o la adopción de resoluciones perjudiciales gracias al abuso de la mayoría de capital.
También es frecuente la vinculación a delitos por administración perjudicial y apropiación fraudulenta a causa de la desviación de tesorería.
En casos de mayor envergadura, el patrimonio supuestamente alzado tiene capacidad para provocar diligencias por engaño masivo o blanqueo de capitales, precisando de una estrategia penal global y precisa con el objetivo de sortear penas conjuntas en concurso ideal o real de delitos.
Defensa letrada en Segovia y en toda España
El despacho litiga en procesos penales en el conjunto del país, con el compromiso de que el abogado principal pilote la defensa de cada expediente.
El trabajo del despacho proporciona el manejo minucioso de la causa desde el inicio de las diligencias previas hasta agotar la vía de los recursos frente al Alto Tribunal, si fuese legalmente oportuno.
Abogados penalistas en Segovia
Pardo Geijo Abogados interviene en Segovia en procedimientos penales de alta complejidad vinculados al delito de alzamiento de bienes y al blanqueo de capitales, especialmente cuando se integran en estructuras societarias u operaciones patrimoniales sofisticadas. El despacho asume la dirección técnica de causas de especial trascendencia jurídica ante los juzgados y tribunales competentes en Segovia y su provincia, ofreciendo un análisis minucioso de la trazabilidad de bienes y flujos financieros. Su experiencia en investigaciones de carácter económico-penal permite anticipar escenarios procesales y diseñar una estrategia defensiva o acusatoria alineada con los criterios más recientes de la jurisprudencia, asegurando una gestión rigurosa de las diligencias de investigación y de la prueba pericial contable y financiera.
