



















































Mejores abogados de alzamiento de bienes en Sevilla
Despacho experto en frustración de la ejecución en Sevilla
Afrontar cargos por alzamiento de bienes precisa de un abordaje penal y contable sumamente exhaustivo destinada a probar la inexistencia de un vaciado patrimonial ilícito.
Pardo Geijo Abogados asume la dirección letrada de estos procedimientos complejos en Sevilla garantizando cobertura en cualquier punto de la geografía española.
El despacho acumula una historia de más de cincuenta años de éxitos en la jurisdicción criminal.
Raúl Pardo-Geijo Ruiz ha sido distinguido ininterrumpidamente de 2019 a 2026 por directorios internacionales de la talla de Best Lawyers y Client Choice como la máxima autoridad nacional en derecho punitivo.
Esta autoridad jurídica nace del estudio pormenorizado y la aplicación exacta de la doctrina del Alto Tribunal relativas al derecho penal económico y los ilícitos societarios.
Castigos y concepto jurídico del alzamiento de bienes
El precepto 257 del texto punitivo sanciona la modalidad básica de frustración de la ejecución con penas de prisión de 1 a 4 años y multa de 12 a 24 meses.
Este ilícito se materializa al hacer ineficaces los embargos mediante el vaciamiento patrimonial intencionado.
El castigo se eleva sustancialmente hasta una horquilla de 1 a 6 años de privación de libertad , en el supuesto de que el crédito esquivado pertenezca al ámbito del Derecho Público.
Este subtipo agravado se aplica cuando el fraude afecta a obligaciones contraídas con la Hacienda Pública o la Seguridad Social.
El derecho castiga la ocultación de bienes sin necesidad de que el procedimiento ejecutivo haya comenzado oficialmente , con el mero hecho de que la apertura del expediente de apremio resultara previsible.
El precepto 290 persigue a los administradores que falsifiquen las cuentas de resultados, estados contables u otros documentos que estén obligados a plasmar la realidad financiera y legal de la sociedad.
- Propósito: Ocasionar un detrimento económico a la sociedad, a sus accionistas o a un acreedor comercial.
- Sanción: Cárcel de 1 a 3 años si el menoscabo económico llega a materializarse.
Criterios del Tribunal Supremo para confirmar la responsabilidad penal
La jurisprudencia exige la prueba exacta y simultánea de una serie de elementos objetivos y subjetivos para que la conducta adquiera relevancia penal y no quede en un mero ilícito civil.
Crédito preexistente: Es imperativo que el investigado mantuviera una deuda cierta, líquida y exigible con un acreedor estatal o privado antes del vaciamiento.
Despatrimonialización activa: Esconder el capital de manera registral o física, empleando sociedades pantalla, donaciones irreales o terceros cómplices.
Situación de iliquidez: Generar intencionadamente un estado de carencia patrimonial que impida por completo o complique en extremo la recuperación del crédito.
Dolo específico: La finalidad manifiesta y consciente de esquivar el pago de la deuda, causando un daño patrimonial directo al titular del crédito.
Concurrencia con otras infracciones delictivas patrimoniales
Las instrucciones penales por alzamiento de bienes excepcionalmente se instruyen de forma aislada.
Acostumbran a presentar una gran complicación procesal al contextualizarse en operaciones de fraude corporativo donde concurren otros delitos económicos.
Con asiduidad, los jueces de instrucción instruyan a la vez eventuales infracciones societarias, tales como la falsificación de balances o la adopción de resoluciones perjudiciales por parte del núcleo de control.
También es frecuente el nexo con delitos por administración perjudicial y desvío patrimonial ilícito por la sustracción de dinero de la empresa.
En casos de mayor envergadura, la riqueza supuestamente escondida suele originar la apertura de piezas por estafa o blanqueo de activos, precisando de una estrategia penal global y precisa para impedir castigos mayores en concurso ideal o real de delitos.
Asistencia penal en Sevilla y juzgados nacionales
El equipo de abogados litiga en procesos penales en el conjunto del país, con el compromiso de que nuestro abogado experto tome las riendas de cada litigio.
La contratación de nuestra firma permite un seguimiento exhaustivo del proceso judicial desde la incoación del procedimiento hasta la interposición de recursos de casación en las más altas instancias judiciales, si el caso lo precisara.
Abogados penalistas en Sevilla
Pardo Geijo Abogados interviene en Sevilla en procedimientos penales de notable complejidad, especialmente en investigaciones por blanqueo de capitales vinculadas a delitos de alzamiento de bienes. El despacho asume la dirección letrada de causas de alto impacto jurídico ante los juzgados y tribunales competentes de Sevilla y su provincia, participando desde las primeras diligencias de investigación hasta las fases de enjuiciamiento y recursos. Su labor se centra en el análisis riguroso de la estructura patrimonial, la trazabilidad de los fondos y la impugnación de medidas cautelares de carácter real o personal. La experiencia acumulada en macrocausas y procesos penales de relevancia permite un enfoque estratégico orientado a anticipar riesgos, ordenar la prueba y articular defensas técnicas sólidas en un entorno procesal especialmente exigente.
