Delito de lesiones en España: tipos, penas y defensa penal

“abogado penalista especializado en delito de lesiones en España”

Un detenido sentado frente a un juez, acompañado de su abogado penalista, mientras se examinan los informes médicos y se valoran las circunstancias del caso. La escena resume bien lo que ocurre en los tribunales cuando se analiza un delito de lesiones en España: no basta con acreditar la existencia de una agresión, sino que es necesario determinar con precisión su gravedad, las consecuencias para la víctima y la intención del autor.

El delito de lesiones es, tras los delitos contra el patrimonio, uno de los más habituales en los juzgados españoles. Desde una pelea en la vía pública hasta agresiones en el ámbito familiar o laboral, este tipo penal presenta una gran variedad de supuestos. Su regulación en el Código Penal español (arts. 147 a 156 ter) busca proteger el bien jurídico de la integridad física y la salud, imponiendo sanciones proporcionales en función de la gravedad del hecho y de las circunstancias concurrentes.

A continuación, analizamos en detalle qué se entiende por lesiones en Derecho Penal, qué tipos existen, cuáles son las penas aplicables y qué estrategias de defensa puede desplegar un abogado penalista especializado.

Tipificación del delito de lesiones en el Código Penal

El artículo 147.1 del Código Penal establece que incurre en delito de lesiones quien cause a otro un menoscabo en su integridad corporal o en su salud física o mental, siempre que el daño requiera tratamiento médico o quirúrgico más allá de una primera asistencia facultativa.

Esto significa que no toda agresión es delito: si el perjuicio es mínimo y basta con una cura simple, estaremos ante un delito leve de lesiones. Por el contrario, cuando el daño exige puntos de sutura, escayolas, cirugías o tratamientos prolongados, entramos ya en el terreno del delito de lesiones propiamente dicho.

El Código Penal regula además supuestos específicos:

  • Lesiones con resultado grave (arts. 148 a 150 CP): cuando la víctima sufre pérdida de un órgano, deformidad, enfermedad grave o inutilización de un sentido.
  • Lesiones por imprudencia (arts. 152 y 152 bis CP): sanciona conductas en las que no hubo dolo, pero sí negligencia.
  • Lesiones en el ámbito de la violencia de género o doméstica (art. 153 CP): con agravación de penas.
  • Lesiones en menores e incapaces (art. 156 ter CP): con especial protección a personas vulnerables.

De este modo, el legislador distingue entre distintos grados de lesión para adaptar la pena a la realidad de cada caso.

Diferencia entre lesiones leves, graves y con instrumentos

Uno de los puntos clave en los procedimientos penales por lesiones es determinar si estamos ante un delito leve, grave o agravado por el uso de instrumentos.

  • Lesiones leves: son aquellas que solo precisan una primera asistencia médica. Ejemplo: una pequeña brecha cerrada con puntos en urgencias. Constituyen delitos leves, sancionados normalmente con multas.
  • Lesiones graves: cuando requieren un tratamiento médico posterior o producen consecuencias permanentes (cicatrices, pérdida de movilidad, enfermedades). Ejemplo: una fractura que obliga a escayola y rehabilitación. Se castigan con penas de prisión.
  • Lesiones con instrumentos peligrosos: si el agresor emplea un arma blanca, de fuego o cualquier objeto contundente, la conducta se agrava, aunque el resultado no sea necesariamente más grave. Ejemplo: un golpe con una botella de cristal.

El límite entre lo leve y lo grave lo marcan los informes médicos forenses, que constituyen prueba fundamental en este tipo de procesos.

Agravantes específicas en el delito de lesiones

El artículo 148 CP recoge supuestos en los que la pena de lesiones se agrava notablemente. Entre ellos destacan:

Violencia de género y violencia doméstica

Cuando la agresión se produce en el marco de una relación de pareja o ex pareja, o contra familiares, las penas aumentan. El objetivo es ofrecer una mayor protección en ámbitos donde suele existir un desequilibrio de poder.

Uso de armas o instrumentos peligrosos

La utilización de cuchillos, pistolas, botellas, palos u objetos contundentes incrementa la peligrosidad del hecho. Incluso si la lesión final no es muy grave, el simple uso de estos medios justifica una sanción más severa.

Ensañamiento y circunstancias especiales

El ensañamiento, consistente en aumentar deliberadamente el sufrimiento de la víctima, constituye otra agravante. También lo es cuando la víctima es especialmente vulnerable, como menores, ancianos o personas con discapacidad.

Reincidencia

El artículo 22.8 CP establece la reincidencia como agravante. Si el autor ha sido condenado anteriormente por delitos de lesiones similares, se le impondrá una pena más alta.

Penas por lesiones y medidas civiles

La pena concreta que se impone en un delito de lesiones dependerá de la calificación de la conducta:

  • Delito leve de lesiones → multa de 1 a 3 meses.
  • Lesiones básicas (art. 147.1 CP) → prisión de 3 meses a 3 años o multa de 6 a 12 meses.
  • Lesiones agravadas (art. 148 CP) → prisión de 2 a 5 años si concurren agravantes como violencia de género, uso de armas o víctimas vulnerables.
  • Lesiones con pérdida de órgano, sentido o deformidad (arts. 149-150 CP) → prisión de 6 a 12 años.
  • Lesiones por imprudencia grave (art. 152 CP) → prisión de 3 meses a 3 años o multa.

Además de la condena penal, el culpable deberá afrontar la responsabilidad civil derivada del delito:

  • Indemnización por gastos médicos, psicológicos y farmacéuticos.
  • Compensación por secuelas permanentes o pérdida de calidad de vida.
  • Daños morales y perjuicios económicos, como la pérdida de ingresos por bajas laborales.

En muchos casos, la indemnización se convierte en el aspecto más relevante para la víctima, y su cuantía se calcula atendiendo a baremos similares a los de tráfico.

Estrategias de defensa en delitos de lesiones

La defensa penal en delitos de lesiones exige un análisis detallado de las pruebas, con especial atención a los informes médicos y a las declaraciones de testigos. Algunas de las estrategias más comunes son:

Importancia de la prueba pericial médica

El parte médico y el informe del forense son determinantes para calificar la lesión. Una defensa eficaz puede solicitar contrainformes médicos que rebajen la consideración de “grave” a “leve”, reduciendo de forma notable la pena.

Legítima defensa

Si se acredita que el acusado respondió a una agresión ilegítima, actuando de forma proporcional y necesaria, puede quedar exento de responsabilidad.

Estado de necesidad o accidente

En algunos casos, las lesiones pueden deberse a un accidente o a una actuación en estado de necesidad (por ejemplo, reducir a una persona violenta para evitar un mal mayor).

Duda sobre la autoría

En agresiones multitudinarias, no siempre es posible probar con certeza quién causó la lesión concreta. La falta de identificación clara puede llevar a la absolución.

Atenuantes

La confesión, el arrepentimiento o la reparación del daño antes del juicio pueden suponer una rebaja de la condena.

Jurisprudencia del Tribunal Supremo en materia de lesiones

El Tribunal Supremo ha dictado numerosas sentencias que ayudan a interpretar el delito de lesiones. Algunas líneas jurisprudenciales relevantes son:

  • La diferencia entre delito leve y grave depende del tratamiento médico posterior, no solo de la existencia de una primera asistencia.
  • El uso de un objeto peligroso se aprecia aunque no llegue a producir una lesión grave si existió riesgo evidente.
  • En casos de violencia de género, la jurisprudencia tiende a aplicar con rigor las agravantes previstas, destacando la especial vulnerabilidad de la víctima.
  • La imprudencia se valora en función de si el acusado incumplió deberes objetivos de cuidado (ej. conducción temeraria).

Tabla comparativa: diferencias entre tipos de lesiones en el Código Penal español

Tipo de lesionesDefiniciónEjemplos prácticosPena prevista en el CP
Lesiones levesSolo requieren una primera asistencia médica, sin tratamiento posterior.Corte superficial que necesita un punto de sutura, moratón leve.Multa de 1 a 3 meses (delito leve de lesiones).
Lesiones básicas (art. 147.1)Requieren tratamiento médico o quirúrgico más allá de una primera cura.Fractura que necesita escayola y rehabilitación.Prisión de 3 meses a 3 años o multa de 6 a 12 meses.
Lesiones graves (arts. 149-150)Producen secuelas permanentes, inutilización de órganos o deformidades.Pérdida de visión, amputación, cicatriz grave en el rostro.Prisión de 6 a 12 años según el caso.
Lesiones agravadas (art. 148)Cuando concurren agravantes como violencia de género, uso de armas o ensañamiento.Agresión con cuchillo, golpes reiterados con alevosía.Prisión de 2 a 5 años (superior si el resultado es muy grave).
Lesiones por imprudencia (art. 152)El daño no fue intencional, pero derivó de una negligencia grave.Accidente de tráfico por conducción temeraria.Prisión de 3 meses a 3 años o multa, según gravedad.

Conclusión: la importancia de un abogado penalista en lesiones

El delito de lesiones en España es complejo, porque no basta con acreditar que hubo una agresión. Es necesario determinar si la lesión es leve o grave, si hubo agravantes como el uso de armas, y si concurren circunstancias de defensa o eximentes. Todo ello influye en que el acusado pueda recibir desde una multa hasta más de diez años de prisión.

En este contexto, la intervención de un abogado penalista especializado en lesiones es decisiva. En Pardo Geijo estudiamos a fondo los informes médicos, analizamos las pruebas testificales y exploramos todas las vías de defensa para garantizar la mejor estrategia procesal. Solo con un trabajo riguroso es posible lograr que la condena sea justa, proporcionada y ajustada a la realidad de los hechos.

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