...

Financiación ilegal de partidos políticos (art. 304 bis CP)

La financiación ilegal de los partidos políticos se incorporó al Código Penal para reforzar la transparencia de la vida pública. Sanciona tanto a quien entrega donaciones prohibidas como a los responsables del partido que las reciben, con un régimen específico introducido por la reforma de 2015.

¿Qué es la financiación ilegal de partidos?

Consiste en recibir o entregar donaciones o aportaciones a partidos políticos infringiendo los límites y prohibiciones establecidos en la legislación sobre financiación de partidos, conforme a los artículos 304 bis y 304 ter del Código Penal.

Conductas típicas

El artículo 304 bis castiga a quien recibe donaciones o aportaciones destinadas a un partido político con infracción de la normativa, con agravaciones en función de la cuantía. El artículo 304 ter sanciona la participación en estructuras u organizaciones cuyo fin sea financiar de forma ilegal a un partido, así como a quienes entregan las aportaciones.

Relación con otros delitos

La financiación ilegal suele aparecer conectada con otros delitos económicos y contra la Administración pública, como el cohecho, el tráfico de influencias, la malversación o el blanqueo de capitales. El análisis de esa relación es determinante para delimitar la responsabilidad de cada interviniente.

Preguntas frecuentes sobre la financiación ilegal de partidos

¿Qué donaciones a partidos son delito?

Las que infringen los límites y prohibiciones de la normativa de financiación de partidos, en los términos de los artículos 304 bis y 304 ter del Código Penal.

¿Responde quien entrega y quien recibe?

Sí. El Código Penal sanciona tanto a los responsables del partido que reciben las aportaciones ilegales como a quienes las entregan o participan en estructuras destinadas a esa financiación.

¿Qué pena tiene?

Pena de prisión o multa, agravada en función de la cuantía de las aportaciones y de las circunstancias del hecho (artículos 304 bis y 304 ter).

Teléfonos
Urgencias