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Fraude de subvenciones y ayudas públicas (art. 308 CP)

La gestión de fondos públicos y de ayudas europeas ha multiplicado la relevancia del fraude de subvenciones. Este delito sanciona tanto la obtención fraudulenta de ayudas como su desviación a fines distintos de los previstos.

¿Qué es el fraude de subvenciones?

Consiste en obtener subvenciones o ayudas de las Administraciones públicas falseando las condiciones requeridas para su concesión u ocultando las que la habrían impedido, o en aplicar la ayuda a fines distintos de aquellos para los que se concedió (artículo 308 del Código Penal).

El umbral de los 100.000 euros

El delito exige, con carácter general, que la cantidad obtenida o desviada supere los 100.000 euros. Por debajo de ese umbral, la conducta se reconduce al ámbito administrativo sancionador, sin perjuicio de otras posibles responsabilidades.

Fondos europeos y ayudas Next Generation

El intenso despliegue de fondos europeos ha situado en el foco el control de su correcta aplicación. La obtención o el destino irregular de estas ayudas puede integrar tanto el fraude de subvenciones como delitos conexos, lo que exige un análisis riguroso de cada expediente.

Preguntas frecuentes

¿A partir de qué cantidad es delito?

Con carácter general, cuando la subvención obtenida fraudulentamente o desviada supera los 100.000 euros (artículo 308).

¿La devolución de la ayuda evita el delito?

El reintegro y la regularización de la situación, en los términos y plazos previstos legalmente, pueden excluir la responsabilidad penal; su procedencia debe valorarse en cada caso.

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