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Prevaricación judicial: cuándo un juez comete delito (art. 446 CP)

La prevaricación judicial es uno de los delitos que con mayor intensidad protege el correcto funcionamiento de la Administración de Justicia. A diferencia de la prevaricación administrativa, sanciona la conducta de jueces y magistrados que se apartan gravemente de la legalidad en el ejercicio de su función.

¿Qué es la prevaricación judicial?

La prevaricación judicial consiste en que un juez o magistrado dicte, a sabiendas de su injusticia, una resolución injusta (artículo 446 del Código Penal). Se protege así la sujeción del juez a la ley y la confianza de los ciudadanos en la imparcialidad de las resoluciones judiciales.

Diferencia con la prevaricación administrativa

La prevaricación administrativa (artículo 404) la comete la autoridad o funcionario que dicta una resolución arbitraria en un asunto administrativo. La prevaricación judicial se reserva a jueces y magistrados y recae sobre resoluciones judiciales, con un régimen específico en los artículos 446 a 449.

Modalidades: dolosa, imprudente y por omisión

El Código Penal distingue la prevaricación dolosa, cuando la resolución injusta se dicta a sabiendas (artículo 446); la imprudente, cuando se dicta por imprudencia grave o ignorancia inexcusable (artículo 447); la negativa a juzgar sin causa legal (artículo 448); y el retardo malicioso en la Administración de Justicia (artículo 449).

¿Cuándo una resolución es injusta?

No basta con que una resolución sea revocable o discutible. La jurisprudencia exige que la resolución se aparte de forma flagrante y clamorosa del ordenamiento, hasta el punto de no poder explicarse mediante una interpretación jurídica razonable. Un simple error o una interpretación opinable no integran el delito.

Preguntas frecuentes sobre la prevaricación judicial

¿Un juez puede cometer prevaricación por equivocarse?

No. Se exige una resolución injusta dictada a sabiendas de su injusticia, o bien por imprudencia grave o ignorancia inexcusable; un error o una interpretación jurídica discutible no bastan.

¿Qué pena tiene la prevaricación judicial?

La modalidad dolosa se castiga con pena de prisión e inhabilitación; la imprudente y las demás modalidades tienen penas específicas previstas en los artículos 446 a 449.

¿En qué se diferencia de la prevaricación administrativa?

La judicial la cometen jueces y magistrados sobre resoluciones judiciales; la administrativa la cometen autoridades y funcionarios sobre resoluciones administrativas (artículo 404).

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