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Qué hacer si me denuncian por alcoholemia




Si le denuncian por alcoholemia, lo primero es no prestar declaración sin asistencia letrada y revisar con detalle el atestado policial. Conducir con una tasa de alcohol superior a la permitida puede ser delito (artículo 379.2 del Código Penal), pero la prueba y el procedimiento admiten control, y de ese control depende buena parte de la defensa.

La mayoría de estos casos se tramitan por juicio rápido, lo que obliga a actuar con rapidez desde el primer momento.

¿Cuándo la alcoholemia es delito?

Conducir bajo los efectos del alcohol es delito cuando se supera una tasa determinada o cuando se conduce con la capacidad afectada. El artículo 379.2 del Código Penal castiga conducir con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,60 miligramos por litro, o superior a 1,2 gramos por litro en sangre.

También es delito conducir bajo la influencia del alcohol aunque no se alcance esa tasa, si se acredita que la capacidad estaba afectada. Por debajo de esos límites, la conducta suele ser una infracción administrativa, no penal.

Negarse a someterse a las pruebas de alcoholemia constituye un delito autónomo (artículo 383 del Código Penal).

¿Qué hacer si me denuncian por alcoholemia?

Lo más importante es no improvisar. Una declaración apresurada o una conformidad aceptada sin asesoramiento pueden cerrar el caso en condiciones peores que las necesarias.

Un orden de actuación razonable:

  • No prestar declaración sin abogado.
  • Solicitar copia del atestado y de las diligencias.
  • Revisar cómo se practicaron las pruebas: calibración del etilómetro, plazos entre mediciones, información de derechos.
  • Valorar, con asesoramiento, si interesa la conformidad o ir a juicio.

El juicio rápido permite una conformidad con reducción de la pena, pero esa decisión debe tomarse con todos los datos sobre la mesa.

¿Qué penas conlleva el delito de alcoholemia?

El delito de conducción con tasa de alcohol superior a la permitida se castiga con penas alternativas (artículo 379 del Código Penal): prisión, multa o trabajos en beneficio de la comunidad, junto con la privación del derecho a conducir vehículos.

La pena concreta depende de las circunstancias y de los antecedentes. La privación del permiso de conducir es, en la práctica, una de las consecuencias más relevantes para muchos conductores.

¿Cómo se defiende una acusación por alcoholemia?

La defensa se construye, sobre todo, sobre la validez de la prueba. Un etilómetro no verificado o no calibrado, la falta de respeto de los plazos entre la primera y la segunda medición o defectos en la información de derechos pueden afectar al valor probatorio del resultado.

También se valora la cadena de hechos: el motivo de la parada, las circunstancias de la conducción y la posibilidad de pericial alternativa. Cada caso exige revisar el atestado línea a línea.

Pardo-Geijo Abogados es un despacho con dedicación exclusiva al derecho penal y al derecho civil de gran complejidad, con sede en Murcia y más de 50 años de ejercicio. Bajo la dirección de Raúl Pardo-Geijo Ruiz —distinguido por «Best Lawyers» entre 2019 y 2026—, el despacho asume la defensa en delitos contra la seguridad vial con atención directa del letrado titular.

Preguntas frecuentes sobre la denuncia por alcoholemia

¿Cuánto hay que dar en alcoholemia para que sea delito?

Es delito superar 0,60 miligramos por litro en aire espirado o 1,2 gramos por litro en sangre (artículo 379.2 del Código Penal). También puede serlo conducir con la capacidad afectada por el alcohol aunque no se alcance esa tasa.

¿Qué pasa si me niego a soplar?

La negativa a someterse a las pruebas de alcoholemia es un delito autónomo (artículo 383 del Código Penal), independiente del resultado que hubiera arrojado la prueba.

¿Conviene aceptar la conformidad en el juicio rápido?

Depende del caso. La conformidad permite una reducción de la pena, pero solo conviene tras revisar la validez de la prueba. Es una decisión que debe tomarse con asesoramiento, no en el momento.

¿La alcoholemia siempre lleva prisión?

No. El delito prevé penas alternativas de prisión, multa o trabajos en beneficio de la comunidad, además de la privación del permiso de conducir. La pena depende de las circunstancias y los antecedentes.

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