



















































Mejores abogados de delitos societarios en Segovia
Especialistas con más de medio siglo de experiencia en Derecho Penal Económico
Los delitos corporativos representan una de las áreas más arduas del derecho penal, al cruzarse la ley de sociedades con las represalias legales fijadas en el Código Penal.
Estas infracciones, castigadas para defender el equilibrio económico y la ortodoxia en la gestión de las compañías, demandan un examen económico y procesal de máxima exactitud.
Pardo Geijo Abogados acumula una trayectoria de más de medio siglo en la representación judicial de consejeros, ejecutivos y accionistas minoritarios.
Liderados por Raúl Pardo-Geijo Ruiz, el equipo jurídico ha sido distinguido de forma continua por instituciones como Best Lawyers y Client Choice, posicionándose como la firma más destacada en el territorio nacional para la tramitación de litigios punitivos en el seno de la empresa.
Tipología de ilícitos societarios: Acciones y Riesgos Penales
El Código Penal, en su Título XIII (artículos 290 a 297), regula las maniobras que acarrean consecuencias punitivas para los gestores societarios de derecho o de hecho.
La representación de un abogado especialista desde la fase inicial del procedimiento es crucial para desmontar la presencia de mala fe o perjuicio evaluable.
1.Falseamiento de cuentas anuales y registros mercantiles
El artículo 290 castiga a los gestores corporativos que falseen las cuentas de resultados, estados contables u otros registros que deban reflejar la situación jurídica o económica de la compañía.
Intención: Causar un detrimento económico a la entidad, a sus accionistas o a un tercero implicado.
Pena: Cárcel de uno a tres años si el menoscabo económico se produce efectivamente.
2. Ejecución de pactos abusivos o lesivos
Se penaliza la práctica de quienes, haciendo uso abusivo de su situación mayoritaria en la Junta General o el órgano rector, imponen acuerdos en provecho exclusivo o de terceros.
Decisiones abusivas: Adoptados sin ventaja alguna para la sociedad y en perjuicio de los socios minoritarios.
Acuerdos lesivos: Los obtenidos mediante simulación de mayorías o uso fraudulento de firmas en blanco.
3. Privación a los derechos informativos y participación
El artículo 293 blinda los derechos políticos de los inversores. La prohibición arbitraria y continua de los derechos de información, intervención en la toma de decisiones o control de la sociedad puede desembocar en la inhabilitación del gestor y sanciones de multa.
4. Bloqueo de la labor de supervisión
En sociedades sujetas a inspección estatal (como entidades financieras o compañías de seguros), obstruir o denegar el acceso a los organismos de control estatal constituye un ilícito independiente que afecta a la transparencia del mercado.
Consecuencias Punitivas y Responsabilidad de los Directivos
La consumación de un ilícito corporativo no supone de forma exclusiva sanciones de internamiento penitenciario, que en la mayoría de supuestos comprenden entre los seis meses y los tres años de reclusión, sino que además arrastra medidas secundarias gravosas de afectación profesional y menoscabo reputacional:
- Inhabilitación especial: Impedimento legal para desempeñar funciones de gobierno en entidades corporativas.
- Responsabilidad civil: Imposición judicial de compensar económicamente el menoscabo generado al activo de la mercantil o a terceras partes perjudicadas.
- Multas económicas: Calculadas en proporción directa al enriquecimiento ilícito amasado o al menoscabo provocado.
Línea de Defensa en Segovia
La defensa en procedimientos por gestión fraudulenta, apropiación indebida o engaño mercantil
requiere una integración absoluta entre la técnica procesal y la investigación económica forense.
En la firma Pardo Geijo, la defensa se centra en la anulación de la prueba incriminatoria a través de:
- Examen riguroso de los deberes de buen administrador del directivo.
- Pruebas periciales económicas para demostrar la inexistencia de quebranto en las cuentas.
- Cuestionamiento jurídico de la validez de los pactos societarios esgrimidos como prueba.
El penalista Raúl Pardo-Geijo Ruiz, distinguido como penalista de referencia de España por decenas de directorios legales, interviene habitualmente en macroprocesos de máxima exigencia jurídica ante la instancia nacional y el Supremo, alcanzando la declaración de inocencia en ilícitos de cuello blanco, lavado de dinero y frustración de la ejecución.
Abogados penalistas en Segovia
Pardo Geijo Abogados interviene en Segovia en procedimientos penales de especial complejidad vinculados a delitos societarios y blanqueo de capitales. El despacho asume la dirección letrada de causas de gran trascendencia jurídica, en las que se analizan estructuras empresariales, flujos económicos y operaciones financieras sofisticadas. Su actuación se proyecta ante los juzgados y tribunales competentes en Segovia y su provincia, coordinando la defensa desde las fases iniciales de la investigación hasta la resolución del proceso. La experiencia acumulada en procedimientos de alto impacto permite diseñar estrategias procesales precisas, orientadas a la gestión de riesgos penales corporativos, la protección de los intereses de administradores y sociedades, así como la adecuada respuesta frente a acusaciones complejas por blanqueo y responsabilidad penal derivada de la actividad empresarial.
