El delito de usurpación consiste en apoderarse de una propiedad o de un derecho ajeno. Este delito contra el patrimonio se regula en los artículos 245 y siguientes del Código Penal español.
El delito de usurpación consiste en apoderarse de una propiedad o de un derecho ajeno.
¿En qué consiste el delito de usurpación?
Según la RAE, usurpar consiste en «apoderarse de una propiedad o de un derecho que legítimamente pertenece a otro, por lo general con violencia».
Por otro lado, el artículo 245 del Código Penal indica lo siguiente:
- Al que con violencia o intimidación en las personas ocupare una cosa inmueble o usurpare un derecho real inmobiliario de pertenencia ajena, se le impondrá, además de las penas en que incurriere por las violencias ejercidas, la pena de prisión de uno a dos años, que se fijará teniendo en cuenta la utilidad obtenida y el daño causado.
- El que ocupare, sin autorización debida, un inmueble, vivienda o edificio ajenos que no constituyan morada, o se mantuviere en ellos contra la voluntad de su titular, será castigado con la pena de multa de tres a seis meses.
Supuestos necesarios para el delito de usurpación
En concreto, para aplicar el artículo 245.2 del Código Penal, se deben cumplir las siguientes premisas:
- Se ha de ocupar sin violencia o intimidación un inmueble, vivienda o edificio que no fuera morada, siempre y cuando se tuviera vocación de permanencia.
- La interpretación penal de la perturbación posesoria debe considerarse como ocupación.
- El sujeto activo de la usurpación ha de carecer de título jurídico que legitime la ocupación.
- Debe existir una voluntad contraria del ocupante de tal forma que no se tolere la ocupación ilegítima.
- El sujeto activo ha de ser consciente de la ajenidad del bien y ausencia de autorización del titular.
Ejemplos habituales de usurpación en la actualidad
Usurpación de identidad
Hoy en día, este delito ha adquirido protagonismo gracias a las nuevas tecnologías. En este sentido, son muy comunes los delitos de suplantación o usurpación de la identidad digital, mediante los cuales una persona actúa bajo el nombre y apellidos de otra para generar confusión en terceros. Este hecho ilícito suele desarrollarse, por ejemplo, en el ámbito de las redes sociales.
Usurpación de vivienda
Por otro lado, el modo de actuar de un okupa es otro claro ejemplo de delito de usurpación. Éstos se instalan en viviendas desocupadas haciendo un usufructo de ellas, como forma de vida y protesta social.
- El que alterare términos o lindes de pueblos o heredades o cualquier clase de señales o mojones destinados a fijar los límites de propiedades o demarcaciones de predios contiguos, tanto de dominio público como privado, será castigado con la pena de multa de tres a dieciocho meses.
- Si la utilidad reportada no excediere de 400 euros, se impondrá la pena de multa de uno a tres meses.
Usurpación de estado civil
El delito de usurpación de estado civil se encuentra regulado en el artículo 401:
El que usurpare el estado civil de otro será castigado con la pena de prisión de seis meses a tres años.
Usurpación de funciones públicas
Para finalizar, otro caso típico es la usurpación de funciones públicas, cuando alguien realiza actos que solo pueden ser llevados a cabo por un funcionario o autoridad concreta.